Vista panorámica de una ciudad destino de Avior Airlines

    Artículos prohibidos

    En Avior Airlines no se permite portar o transportar artículos a las zonas restringidas y a las cabinas de los aviones que puedan tentar con la seguridad de los pasajeros o del vuelo.

    Mercancías peligrosas

    Por Regulación sobre las Condiciones Generales del Transporte Aéreo, Artículo 24 - Mercancías Peligrosas, de Gaceta Oficial Nro. 39.478, establece:

    'El pasajero no deberá embarcar en la aeronave ningún tipo de elemento que pueda ser considerado como mercancías peligrosas...', 'Del mismo modo deberá el pasajero abstenerse de embarcar cualquier tipo de elemento, droga o sustancia cuyo porte, tenencia, comercio o consumo sea prohibido. Cualquier elemento ordinario, cuyo carácter sea dudoso, deberá ser reportado al momento del chequeo, para que se determine si puede admitirse a bordo'

    Igualmente, La Regulación Aeronáutica Venezolana 110 (RAV 110), Sección 110.8 - Mercancías Peligrosas Transportadas por los Pasajeros o la Tripulación, hace referencia a todos los artículos que quedan prohibidos como equipaje de mano o facturado, las cuales se listan a continuación:

    Alimentos listos para el consumo (MRE)

    Debe consultar la normativa de cada país.

    Baterías y dispositivos electrónicos personales

    Celulares, IPad, Laptop, aparatos electrónicos portátiles para fumadores (cigarrillos electrónicos, vaporizadores) o algún otro elemento accionado por baterías de litio, no deben ser transportados en el equipaje facturado; sólo se transportan en el equipaje de mano.

    Baterías de ion litio: La relación vatios-hora no debe exceder los 100 Wh, se encuentran prohibidas en el compartimento de carga y solo puede llevar una (1) en equipaje de mano.

    Baterías de litio de repuesto/sueltas con una capacidad nominal superior 100 Wh, pero sin exceder los 160 Wh, para artículos electrónicos de consumo y dispositivos médicos electrónicos portátiles(PMED) o cuyo contenido de metal de litio es superior a 2 g sin exceder 8 g por dispositivo para efectos de PMED solamente.

    Se permite un máximo de dos baterías de repuesto en el equipaje de mano solamente. Estas baterías deben estar protegidas individualmente para evitar los cortocircuitos.

    Baterías de metal litio: el contenido de metal de litio no debe exceder los 2 g.

    Detergentes

    Se acepta hasta 3 kilos (6.61 lbs) por pasajero en equipaje facturado.

    Equipos de campamento

    No se permite el transporte de bombonas que contengan algún tipo de gas, fósforos o encendedores o algún elemento que al accionarse produzca chispa.

    Keratina-Cirugía Capilar y/o Desinfectantes

    • Desinfectantes: Prohibido el transporte por vía aérea
    • Keratina-Cirugía Capilar: Solo se permite el traslado en equipaje facturado y en recipientes debidamente embalados de un combo (2litros en total) por pasajero Queda prohibido el transporte de estos productos tanto en equipaje de mano como articulo personal.

    Líquidos y geles (incluidos los artículos de tocador, aerosoles y bebidas alcohólicas)

    • Perfumes y/o Desodorantes: Puedes empacar contenedores con capacidad máxima hasta 0.5 kg o 0.5 lts por cada artículo, (aerosoles para cuidado o aseo personal) siempre que su cantidad neta no supere los 2 lts o 2 kg para el total de los artículos. Protege las válvulas contra una liberación involuntaria del contenido.

    • Bebidas Alcohólicas: Para vuelos nacionales, se permite un tripack (3 botellas), por pasajero (incluyendo aeropuertos denominados Puerto Libre . En vuelos internacionales, Únicamente se admite lo adquirido dentro del dutyfree, compra máxima permitida; un tripack (3 botellas) por pasajero.

    En equipaje facturado: Serán permitidas hasta cinco (5) unidades bien protegidas. A partir de la sexta (6ta) botella, deberán facturarse como carga.

    En todos los casos, cada botella debe ser de 0,75 Lts. Permitiéndose un porcentaje de alcohol de más de 23° pero que no exceda los 70° de volumen.

    • Pinturas / Esmaltes para uñas: Se permitirán hasta cuatro (4) unidades en equipaje facturado (60ml), quedando prohibido su transporte en cabina de pasajeros (equipaje de mano).

    Oxígeno con fines médicos como soporte respiratorio

    No se permiten cilindros de oxígeno medicinal. Solo están permitidos los concentradores de oxígeno portátiles que no representen peligro, siempre que las dimensiones lo permitan; Tipo Cartera o Tipo Carry On.

    Polvos (incluidos Maquillajes, talcos y alimentos)

    Leche en polvo, chocolate, polvos para agua entre otros, que en su conjunto sean mayores a 350 ml. / 12 oz. no podrán ser transportados como equipaje de mano; deberán ir en el equipaje facturado.

    Rizadores o planchas de cabello y encendedores

    Encendedores: Dispositivos en forma de pistola y aquellos de uso doméstico con dimensiones que excedan 9cm (o su equivalente). Fósforos / cerillos de encendido por fricción en cualquier superficie, se encuentran prohibidos de transportarse.

    Rizadores o planchas de cabello: Avior Airlines permite el transporte tanto en equipaje facturado como de mano. Algunos aeropuertos, de acuerdo a sus políticas de seguridad, aceptan solo en equipaje facturado.

    Vehículos y dispositivos accionados por baterías

    Sillas de Ruedas Eléctricas: se permiten con Baterías de Litio de una carga de no más de 300 wh (vatios por hora); para ser transportada se debe extraer de la unidad motora y deben ser llevadas en cabina.

    Aerosoles para defensa personal o incapacitación

    Prohibido el transporte

    Aerotablas / hoverboards

    No se permite llevar a bordo de nuestros aviones artefactos que utilicen baterías de litio y/o de iones de litio, debido a que implican un riesgo de sobrecalentamiento y posible incendio.

    Armas de fuego y municiones

    Prohibido el transporte

    Baterias Recargables - Cargadores Portátiles / Power Banks

    Prohibido el transporte por vía aérea, tanto en compartimentos de cabina de pasajero como en bodega de equipaje de facturado.

    Drones

    Pueden ser transportado como equipaje de mano. (dependiendo de sus dimensiones). Las baterías de litio deben ser separadas del aparato en los casos que sus dimensiones no permitan que sea transportado como equipaje en cabina. Solamente se permiten 08 Drones por vuelo.

    Disposiciones para el ingreso, egreso y traslado de Aeronaves Pilotadas a Distancias (RPA-Drones) en la República Bolivariana de Venezuela

    • Todo pasajero, de nacionalidad venezolana, venezolanos residenciados en el exterior o ciudadanos extranjeros, deberán registrarse en el Sistema de Declaración jurada de ingreso de RPA en la República Bolivariana de Venezuela, mediante la página web del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) Clic aquí
    • Todo pasajero venezolano residenciado en el exterior o ciudadano extranjero, debe realizar la Declaración Jurada de Ingreso de RPA en la República Bolivariana de Venezuela, tantas veces ingrese al país y presentarlo al momento de su ingreso a los Organismos de Seguridad de Estado, Autoridad Aduanera y Autoridades Aeroportuarias.
    • En el caso de los pasajeros de nacionalidad Venezolana que han ingresado el RPA a la República Bolivariana de Venezuela anteriormente, debe presentar sin excepción, la denominada Constancia de Registro de RPA emitida por el Registro Aeronáutico Nacional.
    • Todo pasajero debe presentar la Declaración Jurada de ingreso de RPA en la República Bolivariana de Venezuela durante el proceso de chequeo en mostradores en el aeropuerto origen, recaudo indispensable para autorizar el embarque del pasajero con el equipo.

    En Vuelos Nacionales:

    • Si el pasajero es de nacionalidad Venezolana residenciado en el extranjero y desea trasladarse vía aérea dentro del territorio nacional, debe presentar en los mostradores de la línea aérea durante el chequeo, la Declaración Jurada de ingreso de RPA en la República Bolivariana de Venezuela, así como a la Autoridad Aeroportuaria y a los Organismos de Seguridad de Estado en el proceso de embarque.
    • Si el pasajero es de nacionalidad Venezolana y desea trasladarse vía aérea dentro del territorio nacional o desea iniciar un vuelo internacional, debe presentar en los mostradores de la línea aérea durante el chequeo, la Constancia de Registro de RPA, emitida por el Registro Aeronáutico Nacional del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), así como a la Autoridad Aeroportuaria y los Organismos de Seguridad de Estado en el proceso de embarque.

    En casos de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPA) inscritas en el Registro Aeronáutico Nacional:

    • En caso de que el pasajero que transporte el RPA no sea el propietario del mismo, deberá presentar la 'Constancia de Registro de RPA y una autorización que contenga al menos la siguiente información
    • a. Copia del documento de identidad del propietario, número de contacto, dirección de habitación, correo electrónico, fecha prevista del vuelo, indicar que es solo para efectos de traslado del RPA y firma del propietario.

    Para el caso de pasajeros en condición de tránsito, éstos no requerirán presentar dichos requisitos; solo deberán someterse a los controles en materia de Seguridad de la Aviación respectivos.

    Equipos de combustible

    Serán permitidos aquellos equipos nuevos a los que nunca se les haya suministrado combustible.Para el caso de equipos usados, serán admitidos siempre que el tanque haya sido drenado, no tenga olor a combustible y además no contengan gases.

    Sin excepción, transportados bodega (equipaje facturado) sin la tapa del tanque.

    Explosivos y líquidos y sólidos inflamables

    Prohibido el transporte

    Gas comprimido, cilindros

    No se permiten el transporte de cilindros, incluso de uso medicinal.

    Materiales corrosivos y oxidantes

    Gasolina, metanol, queroseno, fluidos para encendedores, pinturas en aerosol, alcoholes líquidos, adhesivos, productos para pulir, para limpieza de hornos y tuberías, solventes y otros líquidos (peróxidos orgánicos, nitro-metano u otro aditivo) y sólidos inflamables (magnesio, hexamina), se encuentran prohibidos de transportarse.

    Materiales radiactivos y sustancias tóxicas/Toxinas

    Veneno sangre y otros fluidos corporales infectados, biopsias, isótopos medicinales o comerciales, muestras de laboratorio, antidoping, se encuentran prohibidos de transportarse.

    Cloros: para uso doméstico, para piscinas y tinas (hydrogen tetra clorine o cloro tetra hidrogenado), blanqueadores para ropa y desinfectantes. Cualquier presentación de cloro para uso industrial. Keratina y/o Detergentes, Desinfectantes, se encuentran prohibidos de transportarse.

    Mochilas inteligentes

    Si llevan baterías de litio deben ir como equipaje de mano.

    Para más información consulte los siguientes link

    Regulación Aeronáutica Venezolana 110 (RAV 110)